Web del Ayuntamiento de Villarrobledo

Resintonizar los canales de televisión

Publicada el lunes 27 de octubre de 2014 a las 00:00

Será necesario debido al dividendo digital.

Gráfico de la web del Ministerio de Industria, Comercio y Energía.Gráfico de la web del Ministerio de Industria, Comercio y Energía.

El Dividendo Digital, es el conjunto de frecuencias que se han quedado libres tras la migración de la televisión analógica a la digital. Para que los ciudadanos podamos disfrutar de este dividendo en forma de nuevos servicios de banda ancha con tecnología 4G, es necesario disponer de un conjunto de frecuencias contiguas. En Europa se ha establecido que este conjunto de frecuencias contiguas será la banda 800 MHz. En España, actualmente, las frecuencias libres del dividendo están esparcidas, y la banda de frecuencias 800 MHz está ocupada, en parte, por algunos canales de la TDT.

Así el denominado proceso de liberalización del Dividendo Digital, es el que consiste en reorganizar algunos de los canales que ahora emite la televisión digital para dejar libre la banda 800 MHz, para que pueda ser utilizada por nuevos servicios de banda ancha, principalmente telefonía móvil de cuarta generación (4G). Es un proceso de ámbito europeo, todos los estados miembros de la Unión Europea deben realizar esta adaptación y liberar estas frecuencias para el uso armonizado de las mismas por parte de los operadores de comunicaciones electrónicas, lo que nos permitirá disfrutar de móviles más económicos y conectados con tecnología 4G en la banda 800 MHz en toda Europa.

Durante el proceso de liberalización del Dividendo Digital los canales de televisión se mudan, y por ello debemos utilizar el botón de menú del mando a distancia para localizarlos. Se trata de una reubicación de canales. El usuario no tiene que cambiar su aparato de televisión, ni añadir descodificadores externos, ni cambiar la antena para continuar recibiendo la programación. La sintonización es una acción sencilla que no tiene coste alguno, y en algunos televisores se realiza de forma automática. Si desconocemos como hacerlo, podemos consultar el manual del televisor o la guía para sintonizar y ordenar los Canals de la TDT, la cual podemos encontrar en la página web de Ministerio de Industria, Energía, y Turismo en formato PDF (www.televisiondigital.es)

Este proceso de liberalización consta de dos fases que obliga a sintonizar nuestro televisor en dos momentos diferentes: el primero, el día 26 de Octubre, el segundo tenemos de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2014.

-Primera Fase: consiste en la reordenación de los canales de televisión en las frecuencias que se utilizan actualmente, con el objetivo de aprovechar al máximo la capacidad de las frecuencias actualmente en uso, y preparar la segunda fase, en la que algunas de las frecuencias que se utilizan ahora, dejarán de utilizarse y cambiarán por otras. Tendrá lugar el próximo 26 de Octubre, ese día tendremos que sintonizar nuestro televisor usando el mando a distancia. La sintonización es obligatoria para no perder la oferta televisiva, puesto que si no lo hacemos, dejaremos de ver los canales que cambien de frecuencia.

-Segunda Fase, consiste en el cese de emisiones en algunas frecuencias que se usan actualmente y la utilización de nuevas frecuencias que en la actualidad están libres. Este cambio es necesario para conseguir un conjunto de frecuencias contiguas que puedan ser utilizadas por los servicios móviles 4G.

Las nuevas frecuencias se utilizarán para mantener la oferta actual de televisión y también para potenciar la televisión en alta definición con nuevos canales que se sacarán a concurso.

Los canales que recibimos en la actualidad que tengan que mudarse de frecuencia se emitirán en dos frecuencias, la antigua y la nueva, hasta el 31 de Diciembre, por eso, tendremos hasta esa fecha para sintonizar de nuevo el televisor y no perder ningún canal.

Comunidad de Propietarios

En el caso de Comunidades de Propietarios, las actuaciones a realizar dependerán del tipo de instalación de recepción de televisión existente en el edificio, por lo que cada Comunidad deberá contactar con un Instalador de Telecomunicaciones inscrito en el registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para que evalúe el tipo de actuación que es necesario realizar para la recepción de estos nuevos canales antes de fin de año. La información de contacto de los mismos se encuentra en el registro de Empresas de Instaladores de Telecomunicaciones de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

Si el sistema de recepción es:

-Centralita Programable: se tendrá que reprogramar la centralita para el rango de canales afectados por la migración.

-Amplificación Monocanal: se tendrá que sustituir los amplificadores de los canales afectados por la liberación del Dividendo Digital.

-Amplificador de Banda Ancha: no se tendrá que realizar ninguna adaptación, sólo será necesaria la resintonización de los canales.

En los casos en los que sea necesaria una adaptación, una vez realizada, los propietarios de las viviendas podrán resintonizar sus receptores de televisión.

Recordar, que la Comunidad de Vecinos tiene la obligación de proceder a la adaptación de la instalación receptora cuando así lo acuerden un número suficiente de integrantes de la Junta de Propietarios que representen al menos un tercio de las cuotas de participación tal y como establece la ley 49/60 de Propiedad Horizontal. Sin embargo, si al menos un usuario solicita la adaptación de la antena colectiva, la Comunidad tiene la obligación de proceder a la adaptación de la instalación receptora utilizando las infraestructuras comunes, sin necesidad de existir mayoría alguna, corriendo el usuario solicitante con los correspondientes costes.

Viviendas Unifamiliares

En aquellas viviendas que dispongan de un sistema de recepción de banda ancha, fundamentalmente viviendas unifamiliares y edificios de menos de tres viviendas que no tengan instalación comunitaria, no es necesaria la adaptación, porque este sistema de recepción está preparado para recibir todas las frecuencias, las nuevas y las antiguas, sin necesidad de realizar adaptación alguna, pero si la resintonizar los canales.

Programa de Ayudas para la Adaptación de las Instalaciones de Recepción Colectiva de Comunidades de Propietarios

El Gobierno, ha puesto en marcha un Programa de Ayudas para compensar los costes derivados de la adaptación en las instalaciones de recepción de televisión en los edificios que lo necesiten.

En aquellas Comunidades de Propietarios que tuvieran instalada una centralita programable, las actuaciones a realizar no dependen del número de frecuencias que cambien en el área geográfica, y la ayuda máxima es de 100 € en todos los casos. Para las Comunidades con amplificadores monocanal, la subvención prevista varía en función del número de frecuencias que cambien en cada zona geográfica, oscilando entre los 150 € para el cambio de 1 amplificador hasta 550 € para el cambio de 5 amplificadores.

La subvención se tiene que pedir una vez que se hayan hecho los cambios en la antena, y comenzarán a abonarse a partir de enero de 2015.

Las solicitudes y gestión de las ayudas se realizarán exclusivamente a través de Internet, una vez se publique la convocatoria de ayudas. La solicitudes podrán presentarse directamente por la Comunidad de Propietarios, o bien en su nombre, por un representante, p. ej. el administrador del finca, o por el propio instalador que realice la adaptación, una vez realizadas las actuaciones en los edificios, y serán atendidas por orden de presentación hasta agotar los fondos.

Para recibir las ayudas las Comunidades de Propietarios deberán disponer de NIF, factura emitida por la empresa instaladora detallando los gastos relacionados con el proceso de liberación del Dividendo Digital, Boletín de instalación que la empresa instaladora deberá entregar a la Comunidad de Propietarios una vez realizada la adaptación detallando el tipo de instalación y los trabajos realizados, y ser titulares de una cuenta bancaria donde se ingresará el importe de la ayuda.

Las ayudas sólo podrán otorgarse a aquellas actuaciones realizadas por empresas instaladoras autorizadas.

Tras la liberación del Dividendo Digital, la oferta televisiva será la misma, 15 canales privados, 5 canales públicos de RTVE y los autonómicos y/o locales existentes. Además, ya estaremos preparados para la aparición de nuevos canales procedentes de las licencias que se sacaran a concurso, con lo que se fortalecerá la televisión de Alta Definición.

Para una mayor información pueden consultar la web de la TDT: www.televisiodigital.es (Ministerio de Industria, Energía y Turismo), y/o en los teléfonos de ayuda al ciudadano: 901201004 y 954307796.

Nota de prensa facilitada por la OMIC.