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Ayudas para la Rehabilitación de Viviendas

Publicada el viernes 7 de junio de 2019 a las 09:10

El plazo para presentar las solicitudes termina el 06.08.2019

Imagen en la que aparecen varios tejados de unas viviendasImagen en la que aparecen varios tejados de unas viviendas

Objeto:

Fomentar la rehabilitación de viviendas en Castilla-La Mancha mediante la subvención de actuaciones dirigidas a:

a) Mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad.

b) La mejora de la conservación, de la seguridad de utilización y de la accesibilida

Destinatarios/as:

Los/as propietarios/as de viviendas unifamiliares y de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.

Podrán ser beneficiarios/as, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones propietarias de los inmuebles.

Requisitos:

- Que las viviendas y los edificios estén finalizados antes de 1996.

- Que las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios/as o arrendatarios/as.

- Que la vivienda o edificio cuente con informe que justifique que la necesidad de la actuación.

- Certificado de Eficiencia Energética.(En el caso de ayudas del Programa 1)

- Disponer de un proyecto o memoria valorada que recoja y justifique las actuaciones a realizar.

Importe:

En el programa 1 de eficiencia energética y sostenibilidad:

-En unifamiliares:

12.000 e/viv,

18.000 e/viv si reside una persona con discapacidad y

24.000 e/viv si reside una persona con discapacidad severa.

-En viviendas en edificios residencial colectivo:

8.000 e/viv,

12.000 e/viv si reside una persona con discapacidad y

16.000 e/viv si reside una persona con discapacidad severa.

En el programa 2 de mejora de la conservación, seguridad de utilización y accesibilidad:

Para actuaciones de conservación: 3.000 e/viv y 30 e/m2 de local ,

Para actuaciones de Seguridad de Utilización y Accesibilidad, ó conjuntamente con conservación:

8.000 e/viv y 80 e/m2 de local

14.000 e/viv si reside una persona con discapacidad y

17.000 e/viv si reside una persona con discapacidad severa.

Estas cuantías podrán incrementarse en 1.000 euros en BIC o edificio protegido o catalogado.

Criterios:

Concurrencia competitiva

Documentación a aportar:

- Documentación que acredite la identidad del solicitante.

- En el caso de que existan varias personas promotoras, autorización para el ingreso de las subvenciones en una cuenta única.

- Certificado o volante de convivencia y/o empadronamiento colectivo que identifique a todas las personas que residen en la vivienda.

- En caso de que el solicitante fuese el arrendatario, autorización expresa de los propietarios para la realización de las obras.

- Documentación acreditativa de la pertenencia a un Colectivo preferente en su caso.

- Documentación que acredite la titularidad de los inmuebles y sus datos Registrales.

- Referencia catastral.

- Acreditación de la antigüedad de los inmuebles.

- Para las actuaciones comprendidas en el Programa 1 de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas, la acreditación de haber registrado el correspondiente certificado de eficiencia energética.

- En el caso de que se trate de una vivienda ubicada en edificio residencial colectivo, deberá disponer del acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios.

- En su caso, acreditación de la condición de estar declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados, o protegidos.

- Documentación técnica necesaria para la ejecución de las obras, que habrá sido presentada previamente en el Ayuntamiento para solicitar la licencia de obras o autorización municipal que proceda.

- La licencia o autorizaciones municipales precisas para la realización de la obra, o copia de su solicitud.

- En su caso, Orden Municipal de Ejecución en vigor, así como convenio del propietario con la Administración.

- En su caso, Inf. Téc. Municipal en el que se declare que las actuaciones subvencionables se hallan incluidas en el supuesto previsto sobre obras de integración de fachadas en el entorno urbano.

- En su caso, Inf. Téc. sobre necesidad de subsanación de graves daños estructurales o de otro tipo que afecten a la estabilidad del edificio o deficiencias sustanciales en materia de accesibilidad.

Lugar de presentación:

Por vía telemática, cumplimentando el formulario correspondiente en la sede electrónica www.jccm.es.

Las personas físicas podrán presentar además la solicitud en papel en las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento de la provincia donde se localice la vivienda objeto de la actuación y en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Convocatoria publicada en el DOCM de 06.06.2019