Ayudas al Alquiler de Viviendas
Publicada el miércoles 8 de agosto de 2018 a las 14:09
El plazo de solicitudes termina el 08.10.2018
Objeto:
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Financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en la misma a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos, así como a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que destinen viviendas arrendadas a alojar personas con especiales necesidades, perteneciente a colectivos de atención preferente.
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Destinatarios:
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Las personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda que constituya el domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia, cuya renta no supere la cuantía total de 500 euros mensuales. Las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que sean titulares de un contrato de arrendamiento, cuya renta no supere la cuantía de 600 euros mensuales, que destinen la vivienda a alojar a personas con especiales necesidades.
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Requisitos:
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a) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
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b) Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.
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c) Que la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia sean superiores a 0.5 veces IPREM.
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d) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, incluida los gastos de comunidad, no supere la cuantía total de 500 ¿mensuales en el programa de jóvenes y en el programa general.
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En el programa de ayuda a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, la renta no puede superar los 600 euros mensuales.
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e) Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
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Importe:
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Siempre que la renta del alquiler no supere los 500 euros, las ayudas tendrán una cuantía del 40% en el programa general, que podrá llegar hasta el 50% de la renta mensual en el caso de que los solicitantes tengan 65 años, siendo del 50% de la renta en todo caso en el programa de jóvenes.
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Tendrá una cuantía del 50% de la renta mensual en el programa de ayuda para asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, siempre que dicha renta no supere los 600 euros.
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Lugar de presentación:
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La solicitud y documentación requerida sólo podrá presentarse por medios electrónicos, bien mediante envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica (www.jccm.es) o bien mediante el procesamiento de la solicitud por parte de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento o entidades colaboradoras mediante la concertación de cita previa en https://citavivienda.castillalamancha.es o en los teléfonos de las Direcciones Provinciales de Fomento.
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Información Adicional:
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Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento
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ALBACETE: 967 55 81 00
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CIUDAD REAL: 926 27 67 40
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CUENCA: 969 17 87 00
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GUADALAJARA: 949 88 50 00
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TOLEDO: 925 26 70 70
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Delegaciones de Servicios
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TALAVERA DE LA REINA: 925839100
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MOLINA DE ARAGÓN: 949 88 50 59