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Ayudas al Alquiler de Viviendas

Publicada el miércoles 8 de agosto de 2018 a las 14:09

El plazo de solicitudes termina el 08.10.2018

Ayudas al Alquiler de ViviendasAyudas al Alquiler de Viviendas

Objeto:

Financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en la misma a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos, así como a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que destinen viviendas arrendadas a alojar personas con especiales necesidades, perteneciente a colectivos de atención preferente.

Destinatarios:

Las personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda que constituya el domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia, cuya renta no supere la cuantía total de 500 euros mensuales. Las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que sean titulares de un contrato de arrendamiento, cuya renta no supere la cuantía de 600 euros mensuales, que destinen la vivienda a alojar a personas con especiales necesidades.

Requisitos:

a) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.

c) Que la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia sean superiores a 0.5 veces IPREM.

d) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, incluida los gastos de comunidad, no supere la cuantía total de 500 ¿mensuales en el programa de jóvenes y en el programa general.

En el programa de ayuda a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, la renta no puede superar los 600 euros mensuales.

e) Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Importe:

Siempre que la renta del alquiler no supere los 500 euros, las ayudas tendrán una cuantía del 40% en el programa general, que podrá llegar hasta el 50% de la renta mensual en el caso de que los solicitantes tengan 65 años, siendo del 50% de la renta en todo caso en el programa de jóvenes.

Tendrá una cuantía del 50% de la renta mensual en el programa de ayuda para asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, siempre que dicha renta no supere los 600 euros.

Lugar de presentación:

La solicitud y documentación requerida sólo podrá presentarse por medios electrónicos, bien mediante envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica (www.jccm.es) o bien mediante el procesamiento de la solicitud por parte de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento o entidades colaboradoras mediante la concertación de cita previa en https://citavivienda.castillalamancha.es o en los teléfonos de las Direcciones Provinciales de Fomento.

Información Adicional:

Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento

ALBACETE: 967 55 81 00

CIUDAD REAL: 926 27 67 40

CUENCA: 969 17 87 00

GUADALAJARA: 949 88 50 00

TOLEDO: 925 26 70 70

Delegaciones de Servicios

TALAVERA DE LA REINA: 925839100

MOLINA DE ARAGÓN: 949 88 50 59