Web del Ayuntamiento de Villarrobledo

Plan Regional de Autoempleo, Creación de Empresas y Emprendimiento

Publicada el jueves 9 de agosto de 2018 a las 09:01

El plazo de solicitudes termina el 30.11.2018

Plan Regional de Autoempleo, Creación de Empresas y EmprendimientoPlan Regional de Autoempleo, Creación de Empresas y Emprendimiento

Objeto:

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

La consolidación de proyectos, cuyo objeto es aumentar la competitividad de las iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través del asesoramiento y la formación técnica desarrollados por entidades especializadas.

Destinatarios:

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.

b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

Requisitos:

Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:

a) A la fecha de realización de los gastos subvencionables, la persona ha de estar dada de alta en el RETA, o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda, al menos con una antigüedad de 12 meses.

b) No haber simultaneado su actividad profesional con cualquier otra actividad por cuenta ajena por un período de tiempo superior a 96 días de cada año natural, o período proporcional correspondiente, desde la fecha de alta en el RETA, o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda, hasta la fecha de presentación de la solicitud.

Importe:

Línea 2:

a) Cuando el beneficiario sea un hombre: hasta un máximo de 3.000 euros, que se incrementará en 600 euros cuando el hombre tenga la condición de persona con discapacidad.

b) Cuando la beneficiaria sea una mujer: hasta un máximo de 4.000 euros, que se incrementará en 800 euros cuando la mujer tenga la condición de persona con discapacidad. Cuando tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la cuantía se incrementará en 500 euros.

La cuantía de la subvención se aumentará en un 20 %, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril.

Lugar de presentación:

La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Programas de Empleo.

En Línea 2 la presentación de solicitudes sólo será de forma telemática, con firma electrónica, a través de los formularios que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es, así como en la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de autoempleo, en la dirección web: https://e-empleo.jccm.es/ovi/